Inscripción

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Cuotas Periódicas:

  • Miembros Ejercientes, incluyendo aquellos que figuran a título individual, los socios de las sociedades de auditoría: 200€ / semestre.
  • Miembros No Ejercientes: 90€ / semestre.
  • Miembros No Ejercientes colaborando activamente con un auditor: 112,5€ / semestre.
  • Inscritos en Prácticas: 32,5€ / semestre.
  • Sociedades: 55€ / año (quedan exentas las sociedades unipersonales).

Cuotas de inscripción:

  • De los Inscritos en Prácticas: 30€.

Los colegiados/as menores de 35 años tendrán una bonificación del 50% de las cuotas establecidas.

QUIÉNES PUEDEN SER MIEMBROS

Podrán ser miembros del Registro de Economistas Auditores del Consejo General de Economistas los colegiados inscritos en el ROAC que acrediten su pertenencia a un Colegio de Economistas o de Titulares Mercantiles.

Los miembros dedicados al ejercicio profesional de la auditoría bajo cualquier forma reconocida por la legislación vigente serán inscritos como:

  • Ejercientes
  • Por cuenta ajena
  • No ejercientes

Quienes estén siguiendo los programas de formación teórica y práctica establecidos por el Registro para acceder al ROAC podrán solicitar su inscripción en prácticas.

Para más información: Tel.: 91 431 03 11 – E-mail: [email protected]

QUÉ DERECHOS Y OBLIGACIONES TIENEN LOS MIEMBROS

Los miembros deberán satisfacer las cuotas de inscripción y las cuotas periódicas aprobadas por el Consejo General. El impago de las cuotas de inscripción o periódicas de los miembros durante un plazo de más de seis meses dará lugar a la cancelación de la inscripción.También será causa de baja en el Registro la pérdida de la condición de economista como consecuencia de la baja como colegiado en los Colegios.

Los miembros del Registro que causen baja en el mismo perderán los derechos de inscripción que hubieran abonado.

SOCIEDADES 

  • Las sociedades  registradas en el R.O.A.C. podrán ser registradas en la sección de Sociedades del Registro.
  • Las sociedades constituidas por los miembros del Registro de Economistas Auditores para el ejercicio profesional asociado de la auditoría de cuentas serán inscritas en la sección de Sociedades de Auditoría de dicho Registro siempre que reúnan las condiciones siguientes:
    • Que todos sus socios sean personas físicas-jurídicas
    • Que su objeto social incluya el ejercicio de la auditoría de cuentas.
    • Que la mayoría de sus socios sean miembros personas físicas del Registro de Economistas Auditores y propietarios de más del 50% de los derechos de voto.
  • Las sociedades registradas podrán hacer constar su condición de tales en su documentación profesional mientras reúnan dicha condición, debiendo anular toda referencia en el momento que causen baja por cualquier motivo.
  • Las sociedades registradas que causen baja perderán los derechos de inscripción que hubieran abonado.